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I. Nuevas instituciones en nuestro Derecho Penal:
- Medida de seguridad de libertad vigilada.
- Responsabilidad penal de las personas jurídicas (importantes repercusiones para el Derecho Penal Económico).
II. Tipos delictivos de nueva factura:
- Trata de personas.
- Tráfico de órganos.
- Delitos informáticos.
- Piratería.
- Acoso laboral.
- Acoso inmobiliario.
- Estafa de inversores.
- Corrupción entre particulares.
III. Cambios relevantes en instituciones ya vigentes:
- Período de seguridad.
- Decomiso.
- Abono de la prisión provisional.
- Prescripción, reformando asimismo numerosos aspectos de los tipos delictivos existentes.
IV. Otras novedades:
-Reforma de los delitos sexuales con el objetivo principal de otorgar un tratamiento diferenciado a la delincuencia sobre menores, introduciendo asimismo el delito de acercamiento a menores por medios telemáticos con fines sexuales (Child grooming).
-Adecuación de los delitos contra la comunidad internacional a los compromisos internacionales, con especial protección penal a mujeres y niños en conflictos armados.
-Nueva regulación de la criminalidad organizada, con introducción de las figuras de Organización Criminal y Grupo Criminal.
-Reforma de los delitos de tráfico de drogas.
-Reestructuración de los delitos de terrorismo e incorporación de nuevas figuras.
-Nuevas medidas contra la criminalidad patrimonial habitual de carácter leve.
-Adaptación de los delitos contra el medio ambiente a la normativa comunitaria (Directiva relativa a la Protección del Medio Ambiente mediante el Derecho Penal, 24 de octubre de 2008).
-Novedades en los delitos contra la seguridad del tráfico.
-Importante modificación técnica de los delitos de cohecho y de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, incorporando varios instrumentos internacionales
-Innovaciones en la regulación de los delitos urbanísticos, introduciendo nuevas conductas típicas.
-Modificación de los delitos de falsificación de tarjetas de crédito, débito o cheques de viaje.
-Reforma del blanqueo de capitales.
-Nuevo régimen de protección penal de la propiedad intelectual e industrial.
-Reconfiguración de los delitos de alteración de precios
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